La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó una actualización integral en los parámetros del monotributo que comenzará a aplicarse a partir de junio de 2026. La medida, que responde al mecanismo de ajuste automático previsto por la normativa vigente basándose en indicadores económicos e inflacionarios, impactará de manera directa en la economía de millones de trabajadores independientes y pequeños contribuyentes de todo el país, alcanzando tanto a prestadores de servicios como a quienes se dedican a la venta de bienes muebles.

En lo que respecta a las obligaciones mensuales, el nuevo esquema impositivo dispone incrementos moderados en los escalones iniciales y subas más marcadas en los segmentos más altos. Los nuevos valores quedaron establecidos de la siguiente manera:
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Categoría A: Pasará a abonar una cuota mensual de $42.386,74, manteniendo el mismo monto tanto para la prestación de servicios como para la venta de bienes.
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Categoría B: Se elevará a $48.250,78 mensuales, aplicable de forma unificada para ambas actividades comerciales.
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Categoría C: Aquí comienzan las diferencias por rubro. Los prestadores de servicios pagarán $56.501,85, mientras que los dedicados a la comercialización de productos oblarán $55.227,06.
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Categorías superiores: En el extremo más alto, la categoría H (escala máxima para servicios) llegará a los $447.346,93, mientras que la categoría K (el tope definitivo del sistema) alcanzará un costo mensual de $1.381.687,90.
De forma paralela al incremento de los aportes, el organismo recaudador modificó los límites máximos de facturación anual permitidos para asegurar la permanencia dentro del régimen simplificado. Con este reordenamiento, el techo de facturación para la categoría A se estableció en $10.277.988,13, en tanto que el límite máximo del monotributo, correspondiente a la categoría K, se extendió hasta los $108.357.084,05. Esta adecuación de los topes resulta clave para que los contribuyentes no queden fuera del sistema o se vean obligados a pasar al complejo Régimen General debido a la nominalidad de sus ingresos provocada por la inflación.
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Finalmente, las modificaciones de ARCA también alcanzaron a otras variables de control fiscal, tales como los montos de alquileres devengados, los topes de consumo energético y las actualizaciones en las cajas previsionales y de obra social. Desde el fisco nacional recordaron a los contribuyentes que estos nuevos valores de referencia y los movimientos económicos de los últimos 12 meses serán determinantes para evaluar la continuidad en el escalafón actual o la obligación de realizar el trámite de recategorización en los períodos correspondientes para evitar sanciones.




















































