El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha establecido un nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky, mediante la Resolución 810/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial. La medida abarca a todos los establecimientos de producción porcina doméstica con fines pecuarios en Argentina y representa un «paso decisivo» para la competitividad del sector.
La principal adecuación de la normativa es la reducción de los plazos de certificación, alineando al país con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y buscando favorecer las negociaciones sanitarias para la exportación.
Nuevas exigencias de certificación:
El Plan establece dos categorías sanitarias y modifica la frecuencia de los diagnósticos:
- Establecimientos con más de 100 cerdas y padrillos: Deberán realizar los diagnósticos correspondientes cada cuatro meses para certificar el estatus de libre de la enfermedad, reduciendo los plazos de la normativa anterior.
- Predios con 99 animales o menos: Deberán efectuar una prueba serológica semestral para certificar como «establecimiento bajo vigilancia». Este análisis será obligatorio para autorizar cualquier movimiento de egreso.
Creación de la figura IPPA y control de brotes
Una de las innovaciones del Plan es la incorporación de la figura de Establecimiento Invernador Porcino con Protección a Aujeszky (IPPA). Estos predios podrán recibir porcinos de cualquier estatus sanitario, siempre que los animales sean vacunados dentro de los 14 días posteriores a su ingreso.
La medida busca limitar la dispersión del virus, ya que el destino de los animales IPPA queda restringido únicamente a faena u otro establecimiento de la misma categoría. Asimismo, los establecimientos que no cuenten con clasificación sanitaria tendrán restringidos todos los movimientos animales, incluyendo los destinados a faena.
Respecto al manejo de la enfermedad, ante la detección de un brote, el establecimiento quedará bloqueado para todos los movimientos hasta que el titular presente un plan de saneamiento obligatorio al SENASA. La resolución también ratifica el uso de vacunas gE-negativas, consideradas esenciales para diferenciar a los animales infectados de forma natural de aquellos que han sido vacunados.
El SENASA destacó que este Plan es fruto de un sólido trabajo articulado entre el sector público y privado, reconociendo el rol esencial de los productores y veterinarios para garantizar una producción porcina más segura y competitiva.










































