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El Gobierno nacional habilitó el traslado de mascotas en micros y trenes de larga distancia

La medida rige para servicios terrestres de jurisdicción federal y establece pautas de seguridad, sanidad y el pago de tarifas adicionales para la temporada de verano.

El Gobierno nacional habilitó el traslado de mascotas en micros y trenes de larga distancia

En vísperas del inicio de la temporada de verano, el Ministerio de Economía formalizó la Resolución 2076/2025, mediante la cual se permite a los pasajeros viajar junto a sus mascotas en servicios de transporte automotor y ferroviario de jurisdicción nacional. Esta iniciativa busca actualizar la normativa vigente y responder a una demanda creciente de los usuarios que se desplazan por el país, integrando a los animales domésticos en la planificación de los viajes de larga distancia.

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La nueva reglamentación alcanza tanto a los ómnibus de larga distancia como a los servicios ferroviarios interurbanos, incluyendo rutas estratégicas que conectan la Ciudad de Buenos Aires con Rosario, Córdoba y Tucumán a través del Ferrocarril Mitre, además del trayecto que une Constitución con Mar del Plata mediante el Ferrocarril Roca.

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Para garantizar la convivencia y la seguridad a bordo, la normativa establece pautas precisas que los propietarios deben cumplir sin excepción. Se permite el traslado de un solo animal doméstico por cada pasajero mayor de edad, el cual debe permanecer durante todo el trayecto dentro de un transportín o contenedor cerrado diseñado para tal fin. Este receptáculo puede ubicarse sobre la falda del dueño, bajo el asiento o en la plaza contigua a la ventana, siempre que se encuentre correctamente asegurado con el cinturón de seguridad. En materia sanitaria, es obligatorio presentar la constancia de vacunación antirrábica y la documentación vigente, asegurando además que el animal no represente un riesgo ni genere molestias a los demás pasajeros.

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En cuanto a los aspectos económicos, las empresas de transporte quedan habilitadas para fijar una tarifa específica por el traslado de las mascotas, sujeta a las condiciones del mercado y a la Ley de Defensa del Consumidor. Por el contrario, los perros guía o de asistencia mantienen su régimen de gratuidad y quedan excluidos de las limitaciones de esta resolución. Finalmente, las compañías deberán implementar protocolos de limpieza y desinfección, mientras que las terminales deberán contar con áreas señalizadas y acondicionadas para la espera de los pasajeros que viajen con sus animales.

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