El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó este viernes una modificación sustancial en el Plan Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa. Según la Resolución 201/2026 publicada en el Boletín Oficial, a partir del 1° de enero de 2027, los productores inscriptos en el Renspa tendrán la facultad de seleccionar y contratar libremente a veterinarios privados acreditados para realizar las tareas de vacunación. Esta medida busca descentralizar la prestación del servicio sanitario, permitiendo que el productor acuerde de forma particular la compra, conservación y aplicación de las dosis antiaftosa y antibrucélica.
El nuevo esquema establece que, si un titular no designa a un profesional específico, el establecimiento seguirá asociado automáticamente al Ente Sanitario local de su jurisdicción, garantizando que ninguna unidad productiva quede fuera de la campaña obligatoria. Para operar bajo esta modalidad, los veterinarios privados deberán mantener su acreditación vigente ante el SENASA y asegurar estrictamente la cadena de frío, adquiriendo los inmunógenos de laboratorios o establecimientos habilitados. El organismo subrayó que, aunque se amplían las opciones para los productores, las responsabilidades sanitarias y los mecanismos de control estatal permanecen inalterados.
Para dar soporte a este cambio, el organismo nacional adecuará sus herramientas informáticas, permitiendo que los profesionales privados registren las actas de vacunación de forma autogestionada. Esto tiene como fin primordial garantizar la trazabilidad de cada dosis aplicada y mantener la transparencia en la fiscalización del estatus sanitario nacional. Con esta actualización normativa, el Estado reconoce el rol del ejercicio profesional privado en la sanidad animal, promoviendo un modelo de gestión más flexible bajo la supervisión técnica del organismo sanitario.
















































