El juez de Paz de Oro Verde, Mariano Ramón Jurado, ha resuelto rechazar los recursos de amparo presentados por las organizaciones proteccionistas Asociación Ecoguay y la Agrupación Conciencia Animal Entre Ríos. Ambas entidades, junto a una decena de adherentes, buscaban la suspensión de la jineteada y doma tradicional que tuvo lugar el pasado 17 de agosto, alegando actos de maltrato y crueldad hacia los caballos.
Argumentos del juez y la defensa
El fallo del magistrado se basó en la falta de pruebas concretas que acreditaran los actos de crueldad denunciados. En su sentencia, Jurado sostuvo que el material probatorio presentado no generó «duda que torne aplicable» el principio de protección animal en este caso. El juez remarcó que la actividad, que se ha venido realizando durante casi una década, cumple con la Ley Provincial N.º 10.740 de Rescate, Protección y Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana. Esta normativa establece requisitos de seguridad y control veterinario para este tipo de eventos.
La defensa del municipio, a cargo del apoderado legal Cristian Ermácora, presentó documentación que acreditaba la autorización municipal para el evento. Ermácora detalló que los organizadores adjuntaron pruebas sobre la intervención de médicos veterinarios, la contratación de un seguro y la cobertura de ambulancia. Además, el municipio había notificado a la Comisaría local sobre la realización del evento y los servicios de seguridad contratados, lo que demuestra el cumplimiento de los protocolos establecidos por la ley provincial.(Con información de APFDigital)












































