El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha implementado una serie de mejoras en las condiciones y procedimientos para la habilitación de vehículos que transportan animales vivos y productos de origen animal. La nueva Resolución SENASA N.° 723/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, busca fortalecer la cadena agroproductiva y alinear la regulación argentina con los estándares internacionales más altos.
Entre las principales novedades, la normativa incorpora el «Bitren» como un nuevo tipo de transporte para grandes cantidades de animales. Además, flexibiliza la habilitación de vehículos cuya infraestructura no esté contemplada en la normativa actual, siempre y cuando cumplan con las exigencias funcionales para cada especie.
La resolución también autoriza el uso de la malla cuadriculada para vehículos que trasladen porcinos, permitiendo la habilitación de transportes «multiespecie». Por otro lado, se suman a la lista de vehículos que no requieren habilitación sanitaria aquellos que movilicen abejas, productos apícolas, aves y peces ornamentales.
Para facilitar la transición, el nuevo esquema prevé una habilitación provisoria de 90 días para los vehículos que no cumplan con los requisitos iniciales. Durante este período, el responsable del transporte deberá realizar las modificaciones necesarias para obtener la habilitación definitiva.
Finalmente, la normativa crea el Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, que permitirá a los fabricantes homologar sus diseños ante el SENASA por un período de 5 años para cada modelo de vehículo 0 km. Esta medida busca garantizar que los transportes se construyan bajo estrictos estándares sanitarios desde su etapa inicial, mejorando el control y la inocuidad de los productos transportados.























































