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Declaración de emergencia agropecuaria en Buenos Aires y San Juan por eventos climáticos

El Ministerio de Economía oficializa la medida para asistir a productores afectados por inundaciones y granizo en ambas provincias. La resolución detalla los partidos y departamentos impactados, así como los cultivos afectados y los beneficios a los que pueden acceder los damnificados.

Declaración de emergencia agropecuaria en Buenos Aires y San Juan por eventos climáticos

El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en las provincias de Buenos Aires y San Juan a raíz de diversos fenómenos climáticos. La medida, formalizada a través de las Resoluciones 1305/2025 y 1306/2025, busca brindar asistencia a los productores rurales afectados.

En la provincia de Buenos Aires, la decisión responde a las inundaciones que ocurrieron entre el 1° de marzo y el 31 de agosto de 2025. La emergencia abarca explotaciones rurales en los partidos de Puán, Tornquist, Nueve de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, Veinticinco de Mayo, Saladillo y Roque Pérez.

La normativa fija la fecha de finalización del ciclo productivo en el 31 de agosto de 2025.

Por su parte, la Resolución 1306/2025 declara el estado de emergencia en San Juan a causa de granizo y/o peronóspora, con vigencia desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.

Las explotaciones frutihortícolas damnificadas se encuentran en los departamentos de Angaco, 9 de Julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucía, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal. La medida cubre una amplia variedad de cultivos, incluyendo vid, olivo, tomate, melón, sandía y otras hortalizas. El ciclo productivo para esta provincia finaliza el 31 de marzo de 2026.

Para acceder a los beneficios de la Ley 26.509, los productores deberán presentar un certificado expedido por la autoridad provincial que acredite su situación. Los gobiernos provinciales se encargarán de remitir los listados de productores afectados a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.

Además, las instituciones bancarias nacionales y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán facilitar a los productores el acceso a los beneficios previstos en la ley. Se instruyó a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca a celebrar los convenios necesarios para garantizar la asistencia a los afectados por los eventos climáticos.

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