En el marco de las medidas implementadas por el Gobierno nacional tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanza un nuevo plan especial de facilidades de pago que estará destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.
Se podrá realizar la adhesión desde el próximo 1 de julio de 2025.
La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5711/25, publicada en el Boletín Oficial.
Podrán adherirse las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.
Tipo de obligaciones incluidas
Se podrán regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.
Es importante señalar que la regularización no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
¿Cuáles son las condiciones de los nuevos planes de pago?
- No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar.
- La fecha de consolidación será la fecha de adhesión.
- Pagos a cuenta, cuotas y tasa de financiación:
El régimen de facilidades de pago contempla distintas condiciones según el tipo de contribuyente.
Para personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y el sector salud, se exige un pago a cuenta del 10% del total adeudado, con la posibilidad de financiar el saldo restante en hasta 60 cuotas. La tasa de financiación en estos casos será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente según la normativa del Ministerio de Economía (MECON) al momento de la implementación del régimen.
En el caso de medianas empresas (tramos 1 y 2), excepto personas humanas y sucesiones indivisas, el pago a cuenta requerido es del 15%, y el plan podrá extenderse hasta 48 cuotas, con la misma tasa de financiación mencionada anteriormente.
Finalmente, para el resto de los contribuyentes, se establece un pago a cuenta del 20%, con un máximo de 36 cuotas para cancelar el saldo adeudado, aplicando también el 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente.
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas.
Esta iniciativa refuerza el compromiso de ARCA para facilitar el cumplimiento tributario y promover la regularización voluntaria, contribuyendo al fortalecimiento de las finanzas públicas y al desarrollo económico sostenible.
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