
La iniciativa, autoría de Jorge Monge (Cambiemos-Diamante), promueve la siguiente redacción del artículo 149 Bis: “Los fondos provenientes de la aplicación de multas establecidas en el Instituto de la Suspensión de Juicio a Prueba del Código Penal Argentino, se destinarán en una proporción del cincuenta por ciento a la Superintendencia de la jurisdicción donde se hubieren aplicado las mismas, afectándose a gastos de funcionamiento.”
Actualmente, explicó el legislador, “de acuerdo a la legislación orgánica del Poder Judicial, concebida y dictada en otro tiempo”, el destino de esos fondos es “una cuenta especial con destino a la adquisición de obras para las bibliotecas del Poder Judicial”, de conformidad a lo dispuesto en el art. 149 Ley N° 6.902.
“Ahora bien- observó Monge en la fundamentación el proyecto-, la norma proyectada introduce una excepción al destino de las multas previsto en el artículo precitado, cuyo fundamento es contribuir a la mejor aplicación de los recursos provenientes de este tipo de multas, puesto que su destino no será ya un fin genérico que escapa totalmente al control de los órganos jurisdiccionales encargados, sino los propios organismos judiciales que las aplican”.














































