Lo resolvió la Justicia Federal ante una presentación del partido del mismo nombre de Misiones. En Entre Ríos el Juzgado Federal a cargo de Leandro Ríos hizor el lugar al planteo. De esta manera ni Busti ni Fuertes podrán usar el sello.
La justicia federal resolvió que el sello Frente Renovador no podrá usarse en Entre Ríos. Así lo determinó el juez Leandro Ríos, a cargo del Juzgado Federal de Paraná Nº 1.
La decisión surge a partir de una presentación de un partido de Misiones que también lleva el nombre Frente Renovador y que impulsa impugnar el sello de Massa. Así la justicia le va dando la razón al partido mendocino. Mientras, Busti reconoció que apeló la resolución a la justicia.
Jorge Busti se comunicó con Adrian Fuertes para analizar como superar este escollo que pone obstáculos, principalmente al villaguayense ya que no tienen partido propio formalizado.
El ex gobernador adelantó que en principio su sector tiene una solución porque tiene reconocido su partido, el Frente Entrerriano Federal. Como partido constituido formalmente este podría pegar la boleta a la de Massa.
En tanto, el sector de Adrián Fuertes se encuentra con el escollo de tener que formar un partido con todos los requisitos y avales q se requiere, o aliarse con un partido ya formado para luego pegar su boleta a la de del líder del Frente Renovador a nivel nacional.
Cabe recordar que para que ambos sectores, Busti y Fuertes, puedan pegar la boleta al partido que lleve a Massa a las elecciones también tiene que ser autorizados por los apoderados del Frente Renovador nacional y luego validado ante la justicia.
Fallo del Juzgado Federal de Paraná Nº1
«Es criterio de esta jurisdiscción que la misma resulta de aplicación al caso que nos ocupa, lo que así se declara. En efecto, tal como lo manifiesta el apoderado legal del Frente Renovador distrito Misiones, con personería jurídico política definitiva otorgada por la Justicia Nacional Electoral de ese distrito, el desarrollo de la actividad política de un partido de distrito con el nombre Frente Renovador podría provocar confusión», dice el fallo de Leandro Ríos del Juzgado Federal de Paraná Nº1.
«En consecuencia, no procede que el Frente Renovador Entrerriano confecciones sus adhesiones con dicho nombre, debiendo abstenerse de utilizar el mismo, bajo dicha denominación y sigla, y realizar el cambio pertinente, lo que así se declara», prosigue Ríos y resuelve: «1) no hace lugar al cambio de nombre impetrado por el Frente Entrerriano Federal para el Trabajo, la Producción y la Justicia Social. 2) Notificar a la agrupación en formación ‘Frente Renovador Entrerriano`que deberá abstenerse de adherir con dicho nombre (…) debiendo proceder a su modificación».
Fuente: Informe Digital.
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