Ganancias y Bienes Personales: qué sucederá si se aprueba la reforma fiscal

El impacto del retorno de Ganancias, las modificaciones en Bienes Personales y Monotributo. Qué pasa con el blanqueo y la moratoria de AFIP.

Diputados tratará este jueves la Ley Bases y la reforma fiscal, con la restitución del Impuesto a las Ganancias y las modificaciones en Bienes Personales. Este martes el oficialismo logró incluir en el dictamen de comisión la versión original para cambiar ambos impuestos, que habían sido rechazadas por el Senado, y espera que la Cámara Baja lo ratifique en el recinto.

Aun cuando es una discusión que se espera sea voto a voto, si se sanciona, la restitución de Ganancias implicará que más de 1 millón de empleados en relación de dependencia con ingresos brutos desde $1,8 millones volverán a tributar el gravamen, que se coparticipa con las provincias. Esos estados recibirán entre 0,4% y 0.5% del PBI.

La vuelta de Ganancias para la cuarta categoría cosechó el rechazo de los gobernadores patagónicos, donde están los sindicatos petroleros que por sueldos serán de los más afectados, también de los grandes gremios y de los sectores kirchneristas y de izquierda.

Con el cambio, se dejará de lado la reforma vigente, que impulsó el exministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa, y que Javier Milei votó a favor siendo diputado, por la que ningún trabajador con un sueldo bruto inferior a 15 salarios mínimos ($2.340.000, actualizable recién en julio) está alcanzado por el tributo.

Qué dice la restitución del Impuesto a las Ganancias que trata Diputados

Uno de los capítulos clave de la reforma fiscal del gobierno pasa por la restitución del Impuesto a las Ganancias, rechazado por el Senado y por el que el oficialismo insiste ahora en Diputados. Entre los principales cambios se encuentran:

  • Salarios. Los empleados solteros sin hijos estarán alcanzados por Ganancias si su remuneración bruta mensual supera los $1.800.000 y un casado con hijos, desde los $2.300.000 en bruto.
  • Mecanismo de actualización. El proyecto establece que las deducciones personales y las escalas del impuesto se ajustarán una vez al año por inflación a partir del período fiscal 2025.
  • Deducciones personales. Se incrementan las deducciones personales entre un 183,75% y un 186,65%, excepto a determinados jubilados. Además, se incorpora una deducción especial para que el aguinaldo esté exento del pago del gravamen.
  • Escalas. Propone actualizar los tramos de las escalas en línea con la variación de precios. Aquellas que se encuentren entre el 5% y 15% se incrementarán en un porcentaje menor a la inflación registrada durante primer trimestre de 2024. En cambio, las más altas tendrán una actualización mayor.
  • Se establece, además, que los cambios comenzarán a regir cuando entre en vigencia la nueva ley, es decir, que no habrá retroactivo ni se genera devolución hasta la nueva reforma.

Bienes Personales: qué cambios busca aplicar la reforma fiscal

Otro capítulo clave de la reforma fiscal que vuelve a Diputados tras el rechazo en el Senado, es el del impuesto sobre los Bienes Personales.

El proyecto establece crea el Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027. Así, se podrá pagar el tributo de forma anticipada para los períodos 2024-2027, con una alícuota de 0,45% anual. Los contribuyentes que utilicen este régimen tendrán estabilidad fiscal hasta 2038.

Establece un nuevo mínimo no imponible de Bienes Personales, de $27 millones a $100 millones. Aunque, en el caso de la vivienda única y familiar (o casa habitación), esa suma aumenta hasta los $350 millones (hoy en $56 millones).

Las alícuotas a pagar serían iguales para los bienes radicados en la Argentina o el exterior. Para el período fiscal 2023 estarían entre 0,5% y 1,5%. Año tras año, esa escala irá bajando. Para 2024, llega hasta 1,25%; u máximo de 1% para 2025; y de 0,75% en 2026. Para el período fiscal 2027, la alícuota será de 0,25%.

El capítulo de BBPP de la reforma fiscal establece como beneficio para contribuyentes que hayan cumplido entre 2020 y 2022. Se trata de una reducción de 0,25 puntos porcentuales en la alícuota para los períodos fiscales desde 2023 a 2026 inclusive.

Qué otros cambios incluye la reforma fiscal que trata Diputados

Para el Gobierno, los cambios en Bienes Personales son fundamentales para el éxito del blanqueo (Régimen de Regularización de Activos) y de la moratoria de AFIP (el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social) que ya tuvieron la aprobación de ambas cámaras del Congreso.

También se aprobaron las modificaciones en el Impuesto a las transferencias de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas, el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor y los cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, o Monotributo.

Monotributo

El Monotributo tendrá un aumento del 300% en los topes de facturación y también aumentarán las cuotas mensuales.

Así, los monotributistas con menores ingresos (categoría A) podrán facturar hasta $6.450.000 -hoy en $2.108.288-, mientras la categoría K, la más alta, pasa de $16.957.968,71 a $68.000.000 de facturación anual. Además, quienes brinden servicios podrán acceder a las categorías más altas, hasta ahora reservadas para quienes realizaran ventas.

La tabla de topes de facturación anual completa que propone el Gobierno queda de la siguiente manera:

  • Categoría A: $6.450.000;
  • Categoría B: $9.450.000;
  • Categoría C: $13.250.000;
  • Categoría D: $16.450.000;
  • Categoría E: $19.350.000;
  • Categoría F: $24.250.000;
  • Categoría G: $29.000.000;
  • Categoría H: $44.000.000;
  • Categoría I: $49.250.000;
  • Categoría J: $56.400.000;
  • Categoría K: $68.000.000.

Dentro de este régimen, se mantiene elmonotributo social, un régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales, con una cuota mensual reducida. La derogación de ese esquema estaba en la reforma fiscal original, pero el Senado lo rechazó de plano. Según pudo saber TN, en el dictamen de mayoría de comisiones de la Cámara Baja se aceptó lo votado en la Cámara Alta.

Blanqueo de capitales

La reforma fiscal incluye un Régimen de Regularización de Activos, es decir, un blanqueo de capitales que estará vigente desde que se apruebe la Ley hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad de prorrogarlo hasta el 31 de julio de 2025.

Quienes blanqueen hasta US$100.000 no pagarán multa, pero a partir de ese monto habrá una escala progresiva (del 5% al 15%) según el momento en el que ingrese cada contribuyente al blanqueo.

Entre otros ítems ubicados en la Argentina o el exterior, se podrán blanquear bienes, efectivo o depósitos bancarios, acciones, participaciones en fideicomisos, inmuebles, bonos, obligaciones negociables, créditos, criptomonedas, derechos y bienes intangibles.

Moratoria de deudas con la AFIP

La iniciativa oficial crea el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social para incentivar el pago de deudas al 31 de marzo de 2024.

Los beneficios dependerán del momento en el que cada contribuyente se adhiera al régimen y la cantidad de cuotas en las que regularice su situación. Habrá un máximo de 60 cuotas para cancelar las deudas. (TN)

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