Ganancias: cómo es la mejora del sueldo que se cobra antes del jueves 5

Se devolverá el proporcional del medio aguinaldo de la retención del impuesto. Y la segunda cuota por el cambio de escalas del tributo. Según cálculos privados, para un sueldo bruto de $ 800.000 las dos devoluciones suman $ 92.022.

Por el aumento a $ 1.982.000 del piso de ingresos para quedar exento del impuesto a las Ganancias, en estos días antes del jueves 5, con el cobro de los salarios de septiembre, a los trabajadores en relación de dependencia les devolverán el proporcional del medio aguinaldo de la retención del impuesto a las Ganancias que les efectuaron en julio y agosto. El importe debe figurar en el recibo de sueldo como “Devolución Decreto N° 473/23”. Y también se les debe devolver la segunda cuota por el cambio de escalas del impuesto (Beneficio Decreto 415/2023). La primera fue con los sueldos de agosto.Según los cálculos del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, para un sueldo bruto de $ 800.000 esas dos devoluciones suman $ 92.022.Para una remuneración de $ 900.000, son $ 93.062.

Para $ 1.000.000 son $ 94.549.

Para $ 1.100.000 representan $ 96.007

Luego con el sueldo de octubre que se percibe a fin de mes o comienzos de noviembre, ya no habrá estos reintegros, pero esos trabajadores dejarán de pagar Ganancias por la vigencia del piso salarial a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) – $ 1.982.000

Para esos mismos ejemplos de ingresos, la exención de Ganancias implica una mejora en el ingreso de bolsillo que va de los $ 108.410 a los $ 155.463.

“Con estos cálculos queda claro que la idea del Gobierno es aliviar el bolsillo de los asalariados por una doble vía: con una menor retención del impuesto por los salarios de septiembre por efecto de la devolución de la retención sobre el medio aguinaldo a gran parte de los trabajadores, y por el otro lado, para las remuneraciones devengadas en octubre, que una gran masa de personas dejarán de pagar el impuesto», según le dijo a Clarín César Litvin

Para sueldos más altos, la mejora en el ingreso de bolsillo es mayor.

Por otra parte, para determinar si un trabajador en relación de dependencia tiene o no que pagar el impuesto a las Ganancias, los empleadores deben contemplar el menor de dos parámetros: la remuneración bruta mensual y el promedio anual de las remuneraciones brutas desde el mes de enero.

De esa manera, por ejemplo, se podría dar el caso de que un empleado en relación de dependencia cuya remuneración bruta mensual fuera mayor a $ 1.980.000 igualmente quedara fuera del alcance del impuesto.

Como ejemplo se puede tomar un trabajador cuya remuneración bruta ascienda a $ 2.600.000 en octubre. Si el promedio de sus remuneraciones de enero a octubre fuera de $ 1.980.000 (o sea, inferior a los 15 SMVM), no resultaría alcanzado por el impuesto, le dijo a Clarín el Marcelo D. Rodríguez de MR Consultores y profesor de Grado y Posgrado de la UBA.

A los fines del alcance de Ganancias, el valor de $ 1.980.000 se mantiene sin cambios hasta enero, aunque sube el salario mínimo en noviembre y diciembre. Es porque el proyecto de ley de Ganancias fija que el próximo ajuste de los 15 SMVM se hará en enero del año próximo, publicó Clarín.

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