El diputado provincial Jorge Monge (UCR-Diamante) presentó un proyecto de ley que modificaría los artículos 145 y 146 del Reglamento General de Policía (Ley n° 5654/75), referidos a la retención de haberes de los integrantes de la fuerza que estén bajo proceso judicial.

“La retención dispuesta en el artículo 145° del Reglamento General de Policía, en su redacción actual, de la mitad de los haberes al personal policial bajo proceso judicial, constituye sin hesitación alguna, una sanción anticipada que vulnera el principio de inocencia, es discriminatorio respecto de otros funcionarios públicos y resulta claramente confiscatorio, ya que en la casi totalidad de los casos, estos haberes constituyen el único ingreso con que cuentan los funcionarios policiales, para satisfacer las necesidades mínimas indispensables de la familia, dado que los funcionarios policiales tienen vedado – con escasísimas excepciones – realizar otra actividad remunerada…” manifiesta el legislador en los fundamentos que fueron enviados a ISLETAS NOTICIAS.
Luego, continúa en los siguientes términos: «…así las cosas, quienes se ven sometidos a proceso, se encuentran en una situación de flagrante injusticia, en virtud de que se alteran de manera ilegítima e inconstitucional, no solamente la presunción de inocencia y debido proceso legal –art. 18° de la Constitución Nacional-, sino también el derecho previsto en el artículo 8° segundo párrafo de la Convención Americana de los Derechos Humanos y el artículo 26° de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre…”Además Monge remarca que: «la norma cuya modificación se propicia, además viola el principio de igualdad, ya que ningún otro empleado público de la provincia en el momento de ser procesado, se le realiza un descuento automático como prevé el artículo 145° de la ley 5654/75».
«Vale destacar que existen altos funcionarios del estado de Entre Ríos que siguieron en el ejercicio pleno de sus funciones cobrando la totalidad de sus haberes aún después de haber sido procesados e incluso condenados hasta que la sentencia quedara firme. (Por citar un solo caso, verbigracia: Daniel Rossi, presidente Municipal de Santa Elena, no obstante ser condenado por delito contra la Administración Pública, cobró sus haberes hasta que estuvo firme la condena e igualmente siguió cobrando su jubilación como ex vice- gobernador).”
El proyecto será derivado a la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados.
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